Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 18

Fecha del Boletín 
22-01-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130122-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

EDICTO

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Procedimiento 34 de 2012

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.

Hace saber: Que en el procedimiento de divorcio contencioso número 34 de 2012, seguido a instancias de doña Yris Magales Nova Reyes, contra don Ángel Ernesulino de León, declarado en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 22 de noviembre de 2012, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 574 de 2012

En Madrid, a 22 de noviembre de 2012.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 34 de 2012, sobre divorcio, a instancias de doña Yris Magales Nova Reyes, representada por la procuradora doña María de las Mercedes Pérez García y asistida del letrado don Antonio López Polo, contra don Ángel Ernesulino de León, declarado en situación de rebeldía procesal, habiéndose dado intervención al ministerio fiscal, en base a lo siguiente.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la procuradora señora Pérez García, en nombre y representación de doña Yris Magales Nova Reyes, contra don Ángel Ernesulino de León, debo declarar y declaro disuelto su matrimonio, por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, previa acreditación de haber consignado el depósito que establece la disposición decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a don Ángel Ernesulino de León y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID extiendo y firmo el presente.

En Madrid, a 14 de diciembre de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/430/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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