Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
19-01-2013

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130119-154

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

NOTARÍA DE DON MANUEL PÉREZ DE CAMINO PALACIOS

154
Venta extrajudicial hipoteca

Yo, don Manuel Pérez de Camino Palacios, notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en Parla.

Hago saber: Que ante mí se tramita procedimiento de venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, número de expediente UCI/PC/01/2012, y que afecta a la siguiente finca:

Urbana.—Número 34. Piso letra B, situada en la cuarta planta del portal número 31, de la urbanización “Fuentebella”, de Parla (Madrid).

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Parla, al tomo 664, libro 176, folio 200, finca 7.397, inscripción cuarta.

Que procediendo la subasta ante notario de la finca reseñada, la misma se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

1. Lugar: en el despacho notarial, sito en Parla (Madrid), plaza de Los Hoyos, número 1.

2. Día y hora: el día 6 de marzo de 2013, a las diez.

3. Tipo: el de tasación; es decir, 338.640 euros.

4. Consignaciones: salvo el acreedor, todos los demás postores, sin excepción, para tomar parte en la subasta, deberán consignar en la Notaría (mediante cheque bancario a nombre del notario) una cantidad equivalente al 20 por 100 del tipo.

5. Posturas y mejoras: se estará a lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo.

6. Documentación y advertencias: la documentación y la certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría, de lunes a viernes, de diez a trece horas.

Se entenderá que todo postor acepta como bastante la titulación.

Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

7. Adjudicación a calidad de ceder a tercero: solo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a tercero.

Parla, a 3 de enero de 2013.—El notario (firmado).

(02/170/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS

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