Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
19-01-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130119-48

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

48
Ejecución 220 de 2011

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 220 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Laura Escudero Alcántara, contra la empresa “Status Peluqueros, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia.—En Madrid, a 15 de octubre de 2012.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para dar cuenta de la entrada en este Juzgado de lo social del anterior escrito.—Doy fe.

Providencia

Magistrado-juez de lo social, don Ángel Juan Alonso Boggiero.—En Madrid, a 15 de octubre de 2012.

Dada cuenta; el anterior escrito únase a los autos de su razón.

Que habiéndose instado por la parte actora ejecución del auto de extinción de la relación laboral, según su escrito de junio de 2012, y habiéndose presentado por la representada de la demanda copia de la escritura de la disolución y liquidación de la referida sociedad, es por lo que procede en su conformidad por el artículo 276 de la Ley de la Jurisdicción Social, dar plazo de quince días para que el Fondo de Garantía Salarial, sobre dichas alegaciones, con copia de ambos escritos, a fin de poder dictar auto de insolvencia definitiva al haberse liquidado la mercantil ejecutable.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número de cuenta 2511/0000/00/número de expediente y año.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1033/40/0000000000, indicando el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 31 de mayo de 2012.—El ilustrísimo señor don Ángel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, habiendo visto los autos al margen seguidos, entre las partes: de una, y como demandante, doña María Laura Escudero Alcántara, asistida por la letrada doña María Concepción Núñez Ramírez, colegiada número 50.623, y de otra, como demandada, “Status Peluqueros, Sociedad Limitada”, que no comparece, ha pronunciado el siguiente auto:

Vistos, además de los preceptos citados, los de general y pertinente aplicación, su señoría por ante mí, la secretaria judicial, dijo: Que debía declarar y declaraba extinguida, con esta fecha la relación laboral entre doña María Laura Escudero Alcántara y la empresa “Status Peluqueros, Sociedad Limitada”, condenando a esta última a que abone a la parte actora la cantidad en concepto de indemnización, así como, además, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la presente resolución a razón de los declarados probados en aquella y por importe de:

Indemnización: 2.176,32 euros.

Antigüedad: 15 de septiembre de 2010.

Fecha de despido: 14 de enero de 2011.

Salario diario: 28,38 euros.

Salario de tramitación: 12.515,58 euros.

Desde la fecha del despido hasta la fecha de la comparecencia transcurren cuatrocientos cuarenta y uno días.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación.

Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma “Status Peluqueros, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de diciembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.037/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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