Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
15-01-2013

Sección 2.70.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130115-31

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID

Área de Trabajo e Inmigración

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Resolución vencido contrato préstamo

Don Ildefonso Hernández Sanz, director del Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, hace saber a “Trigomar, Sociedad Anónima Laboral”, cuyo último domicilio conocido es calle Servando Batanero, número 10, 28017 Madrid, que la Subdirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, ha emitido resolución con fecha 25 de septiembre de 2012, en virtud de la cual se da por vencido por incumplimiento el contrato de préstamo formalizado en la escritura pública el día 2 de marzo de 1979, entre el Estado (Fondo Nacional de Protección al Trabajo) y la indicada entidad, y que no ha podido ser notificada por desconocido, ignorado paradero o rehusado.

Dicha resolución se encuentra a la vista del interesado en el Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Madrid, sita en la calle Silva, número 19, primera planta, de Madrid.

Asimismo, se comunica que contra la mencionada resolución cabe recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Empleo, que podrá interponerse en el plazo de un mes, desde la fecha de notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 107 y demás concordantes, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, a 21 de noviembre de 2012.—Firmado.

(02/9.505/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.70.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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