Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10
Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130112-3
Páginas: 1
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA
La Dirección General de Trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, puso en conocimiento de don Fabio Enrique Palmeiras Espinosa, en calidad de parte interesada en el expediente sancionador, que había sido presentado recurso contencioso-administrativo por la empresa “Reparaciones de Maquinaria Toledo, Sociedad Limitada”, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo número 7 de Madrid, Gran Vía, número 19, primera planta, procedimiento abreviado número 490 de 2011, tramitado contra la Resolución dictada en el expediente sancionador derivado del Acta de Infracción número 1521 de 2010.
Asimismo, se le emplazaba para que pudiera comparecer y personarse ante esa Sala y Sección, en legal forma, mediante procurador con poder al efecto y con abogado, si lo considera oportuno a su derecho, en el plazo de nueve días, contados a partir de la presente notificación, haciéndole saber que de personarse fuera del indicado plazo se le tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y, si no se personase oportunamente, continuará el procedimiento por sus propios trámites sin que haya que practicarle notificación de clase alguna.
Intentada por dos veces la notificación de dicho acto en el domicilio del destinatario, mediante carta certificada con acuse de recibo, conforme a lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no ha sido posible su práctica por causas no imputables a la Administración Pública.
Por ello y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la precitada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se procede a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente.
Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero SATA, cuya finalidad es la gestión, control y tramitación de expedientes administrativos sancionadores, y podrán ser cedidos en los casos previstos en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, y ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 26 de noviembre de 2012.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
(03/69/13)

