Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
12-01-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130112-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 3

EDICTO

141
Procedimiento ordinario 277 de 2012

Don Misael León Noriega, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Oviedo.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 277 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Isabel Fernández Uría y doña María Teresa García Álvarez, contra la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia en fecha 8 de noviembre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Estimando la demanda formulada por doña María Teresa García Álvarez y doña Isabel Fernández Uría, contra la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada” (B-80443120), declaro el derecho de las trabajadoras a percibir, mientras se mantengan las circunstancias de desempeño profesional en el centro penitenciario de Villabona el plus de peligrosidad-excepcional penosidad en la cuantía del 20 por 100 del salario base correspondiente a su categoría de limpiadores y jornada respectiva correspondiente, con efectos económicos desde el 1 de marzo de 2012, condenando a la demandada a estar y pasar por todo ello y por sus consecuencias jurídicas inherentes.

Incorpórese esta sentencia al correspondiente libro, expídase certificación literal de la misma para su constancia en los autos de referencia y notifíquese a las partes, advirtiendo que la misma es firme por no caber contra ella recurso alguno.

Así por esta mi sentencia definitiva lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Oviedo, a 5 de diciembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/40.887/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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