Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
11-01-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130111-115

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

115
Demanda 1.132 de 2011

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.132 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nuria Tapia Marcos, don Ruperto Espinosa García-Madrid y don Juan Miguel García Lara, contra don Gregorio Sánchez de la Rosa Jiménez, “Rafe Climatizaciones, Sociedad Limitada”, don Rafael Fernández Altable, don Santos Rayón Sierra y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 436 de 2012

En Madrid, a 27 de noviembre de 2012.—Doña María Luisa Segura Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos seguidos por cantidad, entre partes: de una, y como demandantes, doña Nuria Tapia Marcos, don Ruperto Espinosa García-Madrid y don Juan Miguel García Lara, que comparecieron asistidos del letrado don Rafael Carrasco Sánchez, con número de colegiado 84.126, y de otra, como demandados, don Rafael Fernández Altable, que compareció representado por la letrada doña María García Díaz, con número de colegiada 20.277, según los poderes notariales reflejados en el acta; don Gregorio Sánchez de la Rosa Jiménez, don Santos Rayón Sierra, “Rafe Climatizaciones, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial que no comparecieron pese a estar citados en legal forma, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva de don Rafael Fernández Altable, don Gregorio Sánchez de la Rosa Jiménez y don Santos Rayón Sierra, y estimando en parte la demanda interpuesta por doña Nuria Tapia Marcos, don Ruperto Espinosa García-Madrid y don Juan Miguel García Lara, frente a “Rafe Climatizaciones, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa citada a abonar a cada uno de los demandantes las cantidades siguientes por los conceptos reclamados en demanda, cantidades que no se incrementarán en el 10 por 100 en concepto de interés anual por mora:

A doña Nuria Tapia Marcos: 4.726,30 euros.

A don Ruperto Espinosa García-Madrid: 14.282,84 euros.

A don Juan Miguel García Lara: 10.380,29 euros.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial, no se efectúa declaración expresa de absolución o condena, sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, siendo indispensable que el recurrente, si fuera la empresa demandada, consigne la cantidad de la condena en “Banesto”, en la calle Princesa, número 3, de Madrid, código entidad 0030, código oficina 1033, código de cuenta 2508, bajo el título de “Juzgado de lo social número 10”, número de procedimiento 1132/11, debiendo presentar, junto con el escrito de anuncio del recurso, el resguardo de dicha consignación o aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, deberá depositar 300 euros en la cuenta corriente número 0030/1033/2508 del mismo banco, con el título de “Recurso de suplicación”, debiendo presentar dicho resguardo en este Juzgado en el momento del anuncio.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias de este Juzgado de lo social, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de su fecha por la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Segura Rodríguez que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado.—Doy fe.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Gregorio Sánchez de la Rosa Jiménez y “Rafe Climatizaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.367/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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