Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
10-01-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130110-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

112
Demanda 400 de 2012

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 400 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eugen Pirlog, don Serban Costel, don Tudorel Condruz, don Vasile Hamza y don Ion Stanica, contra la empresa “Mármoles Muli, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 30 de mayo de 2012.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con el día de la fecha ha tenido entrada en este Juzgado de lo social el anterior escrito que se une a estos autos.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 30 de mayo de 2012.—Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por subsanada la demanda presentada por la parte actora y, en su conformidad, se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de juicio, en única convocatoria, la audiencia de fecha 17 de diciembre de 2013, a las once y diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, calle Princesa, número 3, segunda planta, de Madrid, debiendo citarse a las partes, con entrega a la demandada y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Habiéndose solicitado las pruebas referentes en escrito de demanda cuya copia se adjunta, se requiere a la parte demandada a fin de que aporte la documental solicitada, y expídanse las correspondientes cédulas de citación a las partes, sin perjuicio de la admisión de los medios de prueba que tendrá lugar en el acto del juicio.

Notifíquese esta resolución a las partes, todo ello de conformidad con los artículos 55 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.

Modo de impugnarlo: mediante recurso de reposición ante el secretario judicial actuante dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda, según el artículo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este decreto lo acuerdo, mando y firmo.—La secretaria judicial, Rosario Barrio Pelegrini.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mármoles Muli, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.127/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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