Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2013

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130109-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

90
Procedimiento ordinario 123 de 2010

Doña Isabel Carro Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo mercantil número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio ordinario número 123 de 2010 se ha dictado sentencia con fecha 14 de febrero de 2011, cuyos encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 14 de febrero de 2011.—Vistos por el ilustrísimo señor don Javier Yáñez Evangelista, magistrado-juez del Juzgado de lo mercantil número 9 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado con el número 123 de 2010, a instancias de “El Pozo Alimentación, Sociedad Anónima”, contra don Julio Manuel Díaz Condado, en situación procesal de rebeldía sobre responsabilidad de administradores.

Fallo

“El Pozo Alimentación, Sociedad Anónima”, contra don Julio Manuel Díaz Condado, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la parte actora la cantidad de 43.039,11 euros, más las cantidades que resulten de la tasación de costas y liquidación de intereses del procedimiento ordinario número 341 de 2006, seguido ante el Juzgado de primera instancia de Valdemoro (7.856,80 euros de costas y 7.008,56 de intereses), y finalmente las cantidades que por costas se tasen en el rollo de apelación civil número 181 de 2008 de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, imponiéndole al demandado el pago de las costas devengadas en el presente proceso.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que se preparará por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a su notificación, limitándose a citar la resolución apelada y a manifestar su voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna.

Conforme a la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se hace saber a las partes que para la interposición del recurso deberá consignar la suma de 50 euros en la cuenta de depósitos, conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley y consignaciones del Juzgado cuyo número es 4230 0000 02, seguido del número de procedimiento.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo mercantil (firmado).

Y para que sirva de notificación de la sentencia al demandado don Julio Manuel Díaz Condado, en paradero desconocido, expido el presente.

En Madrid, a 30 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(02/9.881/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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