Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130108-81
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 90
EDICTO
Doña Aurora García Álvarez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 90 de Madrid.
Hace saber: Que en dicho tribunal se tramita procedimiento de juicio verbal número 1.029 de 2011, a instancias de “Banesto, Sociedad Anónima”, contra don Óscar Tomás Pérez Medrano y doña María del Carmen González Robledo, en el que por resolución de esta fecha se ha acordado notificar la sentencia a los mismos, en ignorado paradero, por medio de edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y cuya sentencia es del siguiente tenor:
Sentencia
En Madrid, a 22 de marzo de 2012.—La ilustrísima señora doña Milagros Aparicio Avendaño, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 90 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.029 de 2011, a instancias de “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Emilio García Guillén y asistido por el letrado don Jerónimo Caravaca Cid, contra don Óscar Tomás Pérez Medrano, sin asistencia letrada ni representación procesal, y doña María del Carmen González Robledo, representada por la procuradora doña María Isabel García Martínez y asistida de la letrada doña Marta Moreno Rodríguez.
Fallo
Que estimando íntegramente las pretensiones deducidas en la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don Emilio García Guillén, en nombre y representación de “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, como parte demandante, contra don Óscar Tomás Pérez Medrano y doña María del Carmen González Robledo, como parte demandada, debo condenar y condeno a don Óscar Tomás Pérez Medrano y doña María del Carmen González Robledo al pago a la parte actora de la cantidad de 2.829,90 euros, más los intereses legales de dicha cantidad desde la presentación de la demanda.
Se hace expresa imposición de las costas causadas en el procedimiento a la parte demandada.
Notifíquese en legal forma la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme; en efecto, contra ella cabe interponer recurso de apelación que deberá prepararse en este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación de la sentencia a don Óscar Tomás Pérez Medrano, en ignorado paradero, expido y firmo la presente en Madrid, a 11 de junio de 2012.—La secretaria (firmado).
(02/9.822/12)

