Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6

Fecha del Boletín 
08-01-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130108-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 57

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

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Procedimiento ordinario 1.152 de 2011

En el procedimiento ordinario número 1.152 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 246 de 2012

En Madrid, a 30 de noviembre de 2012.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Jiménez García, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 57 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario que con el número 1.152 de 2012 se han seguido en este Juzgado, y en los que han sido partes: como demandante, “Aldara Consultores, Sociedad Limitada”, representada por el procurador de los tribunales señor Deleito García y asistida por la letrada señora Corell Cortina, y de otra, y como demandada, “Castellana 2000 Gestión Inmobiliaria, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía procesal, sobre resolución contractual y reclamación de cantidad.

Se procede, en nombre de Su Majestad El Rey, a dictar la presente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda presentada por el procurador de los tribunales señor Deleito García, en nombre y representación de “Aldara Consultores, Sociedad Limitada”, contra “Castellana 2000 Gestión Inmobiliaria, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro resuelto el contrato de prestación de servicios de fecha 11 de noviembre de 2002 celebrado entre las partes, y en consecuencia, debo condenar y condeno a dicha demandada, con imposición de las costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes y dese cumplimiento a lo previsto en el número 4 del artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, de conformidad con lo previsto en los artículos 458 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En aplicación de la Ley Orgánica 1/2009, de 4 de noviembre, se indica la necesidad de constitución de depósitos para recurrir por importe de 50 euros en la cuenta de este Juzgado en el “Banesto” y a favor de estos autos; en caso de defecto, omisión o error en la constitución, se concederá a la parte plazo de dos días para subsanación, quedará firme la resolución impugnada (artículo 1.19.15, depósito para recurrir).

Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado quedando testimoniada en las presentes actuaciones y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, a cuya publicación en forma se procederá, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de la fecha por la magistrada-juez que la dictó estando celebrando en audiencia pública y presente yo, el secretario.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Castellana 2000 Gestión Inmobiliaria, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación de la sentencia dictada.

En Madrid, a 3 de diciembre de 2012.—El secretario (firmado).

(02/9.705/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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