Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6
Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130108-53
Páginas: 3
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
La Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria de 7 de diciembre de 2012, aprobó lo siguiente:
5. DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
5.1. Don Adrián Pedro Carlos Martín Díez, delegación de competencias de la Junta de Gobierno Local.
Vista la propuesta presentada por el alcalde-presidente, que transcrita literalmente dice:
“Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que la Junta de Gobierno Local tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.
Resultando que en virtud de decreto 1063/2012, de 30 de noviembre, de esta Alcaldía-Presidencia, se nombró a don Adrián Pedro Carlos Martín Díez, como concejal-delegado de Economía, Hacienda, Régimen Interior, STIC y Recursos Humanos.
Resultando que la Junta de Gobierno Local ya acordó delegar en el alcalde-presidente las competencias en materia de gestión de personal y su correspondiente aprobación de autorización y disposición del gasto, relativas a:
— Nómina del personal.
— Contratación y cese de personal que no sea competencia exclusiva de Junta de Gobierno Local.
— Adscripción de puestos de trabajo mediante libre designación, comisiones de servicio y en general cualquier forma de provisión distinta al concurso.
Considerando lo establecido por el artículo 127.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, corresponde a la Junta de Gobierno Local aprobar el desarrollo de la gestión económica, autorizar y disponer gastos en materia de su competencia, disponer gastos previamente autorizados por el Pleno, y la gestión del personal.
Considerando lo establecido por el artículo 127.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, corresponde a la Junta de Gobierno Local aprobar el régimen disciplinario del personal del Ayuntamiento.
Considerando lo establecido por el artículo 127.2, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, esta podrá delegar los demás concejales las funciones enumeradas en los párrafos e), f), g) y h) con excepción de la aprobación de la relación de puestos de trabajo, de las retribuciones del personal, de la Oferta de Empleo Público, de la determinación del número y del régimen del personal eventual y de la separación del servicio de los funcionarios, y l) del citado precepto.
Es por todo ello y en virtud de lo anteriormente expuesto, que se propone a la Junta de Gobierno Local:
Primero.—Delegar en don Adrián Pedro Carlos Martín Díez, como concejal-delegado de Economía, Hacienda, Régimen Interior, STIC y Recursos Humanos del Ayuntamiento de Fuenlabrada, las competencias relativas a gestión de personal no atribuidas a ningún otro órgano municipal con carácter exclusivo, así como la aprobación de la autorización y disposición del gasto en dicha materia.
Segundo.—Delegar en don Adrián Pedro Carlos Martín Díez como concejal-delegado de Economía, Hacienda, Régimen Interior, STIC y Recursos Humanos, las competencias en materia de régimen disciplinario de personal del Ayuntamiento de Fuenlabrada, con excepción de la resolución de aquellos expedientes incoados por faltas muy graves que conlleven separación del servicio.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.
La Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad, aprobar la propuesta transcrita en todos sus términos.
5. DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
5.2. Doña Yolanda Serrano Pérez. Delegación de competencias de la Junta de Gobierno Local.
Vista la propuesta presentada por el alcalde-presidente, que transcrita literalmente dice:
“Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que la Junta de Gobierno Local tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno, tras los cambios producidos en la Corporación municipal.
Resultando que en virtud de decreto 1060/2012, de 30 de noviembre, de esta Alcaldía-Presidencia, se nombró a doña Yolanda Serrano Pérez como concejala-delegada de Seguridad Ciudadana.
Considerando lo establecido por el artículo 43 de la Ley 17/1997, 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, modificada por Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, que establece que la incoación, instrucción y resolución de los expedientes sancionadores por la comisión de infracciones tipificadas en la presente Ley corresponderá a los respectivos ayuntamientos.
Considerando lo establecido por el artículo 61 de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos de la Comunidad de Madrid.
Considerando lo establecido por el artículo 127.1.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, corresponde a la Junta de Gobierno Local aprobar la concesión de cualquier licencia, salvo que la legislación sectorial la atribuya expresamente a otro órgano.
Considerando lo establecido por el artículo 127.1.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, corresponde a la Junta de Gobierno Local ejercer la potestad sancionadora, salvo que por Ley esté atribuida a otro órgano.
Considerando lo establecido por el artículo 127.2, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, esta podrá delegar los demás concejales las funciones enumeradas en los párrafos e), f), g) y h) con excepción de la aprobación de la relación de puestos de trabajo, de las retribuciones del personal, de la Oferta de Empleo Público, de la determinación del número y del régimen del personal eventual y de la separación del servicio de los funcionarios, y l) del citado precepto.
Es por todo ello y en virtud de lo anteriormente expuesto, que se propone a la Junta de Gobierno Local:
Primero.—Delegar en doña Yolanda Serrano Pérez como concejala-delegada de Seguridad Ciudadana, revocando los acuerdos anteriores efectuados por esta Junta de Gobierno Local, las competencias en materia de:
— Incoación, instrucción y resolución de los expedientes sancionadores en aquellas materias recogidas en la ordenanza municipal de seguridad ciudadana del Ayuntamiento de Fuenlabrada y que no se atribuyan expresamente al alcalde.
— Incoación, instrucción y resolución de los expedientes sancionadores por la comisión de infracciones tipificadas por la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad Madrid.
— Incoación, instrucción y resolución de los expedientes sancionadores por la comisión de infracciones tipificadas por la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos.
— La concesión de cualquier tipo de licencia o autorización, así como la incoación, instrucción y resolución de los expedientes sancionadores, en las siguientes materias:
• Tarjetas y zonas de estacionamiento reservado a minusválidos.
• Ocupación de la vía pública.
• Mesas veladores.
• Armas de aire comprimido.
• Animales potencialmente peligrosos.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.
La Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad, aprobar la propuesta transcrita en todos sus términos.
Lo que se publica a efectos de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
En Fuenlabrada, a 11 de diciembre de 2012.—El alcalde en funciones, Manuel Robles Delgado.
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