Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 4
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130105-95
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 1.360 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Valeria Tocdhkova Parachkevova, frente a “Bulstar DJV, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento de impugnación de sanciones (artículo 114 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral), se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 419 de 2012
En Madrid, a 13 de noviembre de 2012.—Doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta en funciones del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio verbal sobre sanción, instado por doña Valeria Tocdhkova Parachkevova, asistida por el letrado don Benito Grande Aguilera, contra la empresa “Bulstar DJV, Sociedad Limitada”, que no comparece, y en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
Fallo
Que estimando la demanda promovida por doña Valeria Tocdhkova Parachkevova, contra la empresa “Bulstar DJV, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro injustificada la sanción de cinco días de suspensión de empleo y sueldo impuesta a la actora, dejándola sin efecto y condenando a la demandada a estar y pasar por dicha declaración, así como a abonar a la trabajadora los salarios dejados de percibir con motivo de la sanción de haberse cumplido esta.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que la misma es firme y contra ella no podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia.—Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución.—Doy fe.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bulstar DJV, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 28 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/39.723/12)

