Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
04-01-2013

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130104-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL

Sección Quinta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTO

72
Recurso 3.141 de 2011

En el recurso número 3.141 de 2011, recurso de casación para unificación de doctrina número 953, seguido ante esta Sala de lo social (Sección Quinta), dimanante de los autos número 819 de 2010 del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, siendo para recurrente don Eusebio Romero Dragachi y parte recurrida “Osgem La Casa de la Fotocopia, Sociedad Limitada”, con fecha 27 de junio de 2012 se ha dicado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto

Excelentísimos señores don Jesús Gullón Rodríguez, doña María Lourdes Arastey Sahún y don Jesús Souto Prieto.—En Madrid, a 27 de junio de 2012.

Es magistrado ponente el excelentísimo señor don Jesús Souto Prieto.

La Sala acuerda: Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado don Francisco Javier Ramos Mérida, en nombre y representación de don Eusebio Romeo Dragachi, contra la sentencia dictada por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 24 de noviembre de 2011, en el recurso de suplicación número 3.141 de 2011, interpuesto por don Eusebio Romeo Dragachi, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 26 de Madrid de fecha 7 de septiembre de 2010, en el procedimiento número 819 de 2010, seguido a instancias de don Eusebio Romeo Dragachi, contra “Osgem La Casa de la Fotocopia, Sociedad Limitada”, sobre despido.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

Y para que sierva de notificación a “Osgem La Casa de las Fotocopias, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide la presente en Madrid, a 8 de octubre de 2012.—El secretario (firmado).

(03/40.753/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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