Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130104-160
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 320 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Carlos Anamisi Uquillas, frente a “Tapicerías Bolaños, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
Decreto
En Madrid, a 26 de noviembre de 2012.—Por todo lo cual,
Parte dispositiva:
A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 940,02 euros de principal y 176,90 euros calculados para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional parcial de la ejecutada “Tapicerías Bolaños, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrarsele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase, constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, remítase certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2803/0000/64/0320/10.
Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Tapicerías Bolaños, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 26 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/39.653/12)

