Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
04-01-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130104-171

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

171
Ejecución 156 de 2012

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 156 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Castañeda del Mazo, don Luis Ruiz de Martín Esteban de la Fuente y don Lázaro Pampliega González, contra la empresa “Hergomón, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Que declarada extinguida la relación laboral entre don Ángel Castañeda del Mazo, don Luis Ruiz de Martín Esteban de la Fuente y don Lázaro Pampliega González, con “Hergomón, Sociedad Limitada”, y en consecuencia la empresa deberá abonar a los actores las siguientes cantidades:

A don Ángel Castañeda del Mazo: 14.133,12 euros de indemnización, 15.827,18 euros de salarios de tramitación y 4.713,07 euros de salarios adeudados.

A don Luis Ruiz de Martín Esteban de la Fuente: 26.270,11 euros de indemnización, 18.809,32 euros de salarios de tramitación y 5.520,22 euros de salarios adeudados.

A don Lázaro Pampliega González: 20.114,38 euros de indemnización, 17.921,418 euros de salarios de tramitación y 5.326,56 euros de salarios adeudados.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hergomón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.560/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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