Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130103-185
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1
EDICTO
Doña María del Carmen Martín García, secretaria del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.
Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Francisco Cózar García, don Pedro Molina Lemus y don Enrique Núñez Gallana, contra “Puertas Blindadas Parla, Sociedad Limitada”, y “Eco Puertas Factory, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número de despido/ceses en general 471 de 2012, se ha acordado citar a “Eco Puertas Factory, Sociedad Limitada”, y “Puertas Blindadas Parla, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 1, situado en la calle Marqués de Mendigorría, número 2, el día 10 de enero de 2013, a las doce y quince horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretendan comparecer al acto del juicio asistidas de abogado o representadas técnicamente por graduado social colegiado o representadas por procurador pondrán esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o tribunal, por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que trasladada tal intención a los actores puedan estos estar representados técnicamente por graduado social colegiado o representados por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio, la falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Y para que sirva de citación a “Eco Puertas Factory, Sociedad Limitada”, y “Puertas Blindadas Parla, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
En Toledo, a 10 de diciembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/40.822/12)

