Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130103-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

84
Divorcio contencioso 328 de 2012

Don Salvador Gonzáles Bascueña, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 23 de esta capital, en resolución de esta fecha dictada en los autos seguidos bajo el número 328 de 2012, sobre divorcio, promovidos por la procuradora doña María Concepción Moreno de Barreda Rovira, en nombre y representación de doña Ángeles García Ponce, contra don Nelson Barragán Gómez, en situación procesal de rebeldía, ha acordado por medio del presente notificar a la mencionada parte demandada que en el referido procedimiento ha recaído sentencia de fecha 6 de noviembre de 2012, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:

Estimar la demanda y declarar disuelto, por divorcio, el matrimonio celebrado el día 12 de noviembre de 1970 entre don Nelson Barragán Gómez y doña María Ángeles García Ponce, con los efectos inherentes, atribuyendo a la demandante el uso de la viviendo sita en la calle Ginzo de Limia, número 7, planta primera, puerta 4, de Madrid, declarando disuelta la sociedad de gananciales, cuya liquidación se tramitará, en su caso, de acuerdo con las regulación de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales.

Comuníquese la presente sentencia al Registro Civil en que conste la inscripción del matrimonio.

Haciéndole saber que contra la referida sentencia cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado en el término de veinte días por medio de abogado y procurador.

Y para que sirva de notificación en forma a dicho demandado, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 6 de noviembre de 2012.—El secretario (firmado).

(02/9.776/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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