Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130103-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

141
Ejecución 48 de 2012

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 48 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Sánchez Carvajal, don José Antonio Quesada López, don Polidoro Sánchez Carvajal y don Ricardo Miguel Puente, frente a “Cerramientos Metálicos Pinto, Sociedad Limitada”, “Crear y Promover, Sociedad Limitada”, Restauración El Sarmiento, Sociedad Limitada”, y “Técnicas y Desarrollos Metálicos, Sociedad Limitada Laboral”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 20 de noviembre de 2012.

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 28.009,26 euros de principal, de los cuales 7.056,47 euros corresponden a don Ricardo Miguel Puente, 7.175,66 euros a don José Antonio Quesada López, 7.013,74 euros a don Polidoro Peñafiel Guaján y 6.763,39 euros a don Javier Sánchez Carvajal, se declara la insolvencia provisional total de las ejecutadas “Restauración El Sarmiento, Sociedad Limitada”, “Técnicas y Desarrollos Metálicos, Sociedad Limitada Laboral”, “Crear y Promover, Sociedad Limitada”, y “Cerramientos Metálicos Pinto, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la declaración de insolvencia de las deudoras (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Restauración El Sarmiento, Sociedad Limitada”, “Técnicas y Desarrollos Metálicos, Sociedad Limitada Laboral”, “Crear y Promover, Sociedad Limitada”, y “Cerramientos Metálicos Pintos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.330/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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