Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130103-132
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 207 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Clara Isabel Pérez Hinojal, contra don José María Marrero Ortega y don Aurelio Guerra Chale (administradores concursales), “SHS Polar Sistemas Informáticos, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución en fecha 13 de noviembre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Que estimando la demanda interpuesta por la parte actora doña Clara Isabel Pérez Hinojal, frente a la demandada “SHS Polar Sistemas Informáticos, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa a que abone a la trabajadora la suma de 21.748,86 euros, incrementada por la aplicación de un 10 por 100 de interés por mora.
Sin efectuar especial pronunciamiento respecto al Fondo de Garantía Salarial y administradores concursales.
Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a su notificación y designando letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros, en la cuenta número 2514 de “Banesto”, aportando el resguardo acreditativo, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en “Banesto” o presentar aval de entidad financiera por el mismo importe en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “SHS Polar Sistemas Informáticos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 8 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/39.317/12)

