Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130102-111
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 668 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Álvaro Quirós Serranos, contra la empresa “Área 61 Análisis Financieros, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Se admite a trámite la demanda presentada por don Álvaro Quirós Serranos, frente a “Área 61 Análisis Financieros, Sociedad Limitada”, y se señala para los actos de conciliación y, en su caso, juicio la audiencia del día 30 de octubre de 2013, a las nueve y cuarenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, tercera planta, de Madrid, con las advertencias y apercibimientos previstos en los artículos 21, 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, así como los del artículo 155.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
CÉDULA DE CITACIÓN
En Madrid, a 5 de junio de 2012.—En el proceso tramitado por este Juzgado de lo social en base a la demanda presentada por don Álvaro Quirós Serranos, contra “Área 61 Análisis Financieros, Sociedad Limitada”, en materia de ordinario, se ha dictado resolución de esta misma fecha siguiente:
De conformidad con los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social se hace constar que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por incomparecencia de la demandada, así como que los litigantes han de concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda. La incomparecencia injustificada de la demandada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declara su rebeldía.
Y para que sirva de notificación y citación a “Área 61 Análisis Financieros, Sociedad Limitada”, expido la presente en Madrid.
Advertencia: se hace saber al receptor que ha de cumplir el deber público que se le encomienda; que puede ser sancionado con multa de 12,02 euros a 120,20 euros si se niega a la recepción, o no hace la entrega a la mayor brevedad; que ha comunicar al órgano judicial la imposibilidad de entregar la comunicación al interesado, y que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que le ocasiones.
Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Álvaro Quirós Serranos y “Área 61 Análisis Financieros, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 4 de diciembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/40.639/12)