Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2013

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130102-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CASARRUBUELOS

OTROS ANUNCIOS

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Baja padrón

Don David Rodríguez Sanz, alcalde-presidente de este Ayuntamiento, en fecha 29 de octubre de 2012, ha adoptado resolución con número 493, en cuya virtud y de conformidad con el procedimiento establecido en la resolución de 28 de abril de 2005, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sea renovada cada dos años.

Atendido que el Ayuntamiento ha realizado las actuaciones para la renovación de la inscripción padronal, mediante la remisión de carta informativa y modelo de renovación de la inscripción, de la cual ha resultado que no han renovado los extranjeros no comunitarios sin autorización permanente de residencia que figuran en el anexo I a la presente resolución.

Vista la resolución de 28 de abril de 2005, de la presidenta del Instituto Nacional de Estadística, y de director general de Cooperación Local, y el artículo 16 de Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, resuelvo:

Primero.—Dar audiencia a las personas que figuran en el anexo I de la presente resolución o representantes legales, que tendrá como plazo los quince días naturales siguientes a partir de la fecha de notificación.

Segundo.—Una vez transcurrido dicho plazo, de no presentarse se dará por comprobado el incumplimiento del artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación, procediendo a su baja en padrón de este municipio.

ANEXO

— Doña Matilde Rojas Núñez, X-5145698-T.

— Doña María Hortensia Torres Pillajo, X-7764227-W.

— Don Said Bassiti, X-9335051-H.

En Casarrubuelos, a 29 de noviembre de 2012.—El alcalde, David Rodríguez Sanz.

(02/9.564/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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