Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
31-12-2012

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121231-6

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 228/2012, de 12 de diciembre, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el “Proyecto de abastecimiento a Serranillos del Valle”, en los términos municipales de Griñón y Serranillos del Valle (expediente de expropiación forzosa número 342. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II).

El presente proyecto tiene por objeto la mejora del abastecimiento al municipio de ­Serranillos del Valle que actualmente se realiza desde varios pozos existentes en distintas zonas del municipio. Las obras consistirán en la construcción de una tubería de conexión entre la Estación de Tratamiento de Agua Potable y el depósito de Griñón, un grupo de bombeo en el citado depósito y una tubería de conexión entre el depósito de Griñón y la red de distribución de Serranillos del Valle.

Con fecha 19 de julio de 2010, la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio emitió informe en el que se indica que las actuaciones proyectadas no quedan incluidas en ninguno de los Anexos de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid ni afectada por lo establecido en tal normativa.

Por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 30 de noviembre de 2011, se aprueba definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto de abastecimiento a Serranillos del Valle”. Se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 1, de 2 de enero de 2012.

La ejecución del proyecto de referencia requiere que se proceda a tramitar el correspondiente procedimiento de expropiación forzosa, con objeto de poder disponer de los terrenos necesarios para llevarlo a cabo.

La declaración de utilidad pública está implícita, en virtud del artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, en relación con la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, una vez formulada la relación de bienes y derechos prevista en el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y en aplicación de su artículo 18,

DISPONGO

Primero

Someter al trámite de información pública durante el plazo de quince días, la relación de bienes y derechos afectados por el “Proyecto de abastecimiento a Serranillos del Valle”, en los términos municipales de Griñón y Serranillos del Valle (expediente de expropiación número 342. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II), que se adjunta a la presente Orden.

Segundo

La presente Orden será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en uno de los diarios de mayor difusión, y además comunicada a los Ayuntamientos en cuyos términos radiquen los bienes o derechos objeto de la expropiación, a efectos de que sea expuesta en el tablón de anuncios.

Tercero

La relación de bienes y derechos a que se refiere el apartado primero podrá examinarse durante el mencionado plazo de quince días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la División de Expropiaciones del Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima, en la calle Santa Engracia, número 125, 28003 Madrid, de nueve a catorce horas, así como en las dependencias de los Ayuntamientos de los términos municipales donde se ubiquen las parcelas afectadas.

Durante dicho período los interesados podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, mediante escrito dirigido a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, en la plaza de Pontejos, número 3, 28012 Madrid. El modelo de dicho escrito, así como la información para su gestión telemática podrá encontrarse en:

https://gestionesytramites.madrid.org/

En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.

Cuarto

Las afecciones que resultan necesarias para la ejecución del proyecto de obra y para permitir y asegurar el posterior mantenimiento y conservación de las infraestructuras, que se reseñan en el anejo a la presente Orden, se describen como:

— Expropiación: Para la ubicación de infraestructuras y su conservación. La superficie afectada depende da cada tipo de infraestructura.

— Ocupación temporal: En esta zona, reflejada en los planos de afección, se hará desaparecer temporalmente todo obstáculo y sobre ella se realizarán todas las obras y operaciones precisas, cuya duración está condicionada por la total ejecución del proyecto de obra, restituyéndose a su estado inicial una vez finalizados los trabajos.

Madrid, a 12 de diciembre de 2012.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 163/2012, de 5 de diciembre, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de diciembre de 2012), el Secretario General Técnico, José de la Uz Pardos.



(01/4.218/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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