Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
31-12-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121231-15

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE AJALVIR

RÉGIMEN ECONÓMICO

15
Modificaciones ordenanzas fiscales 2013

Aprobadas definitivamente las modificaciones de ordenanzas fiscales para el ejercicio 2013 por no haberse presentado reclamaciones al acuerdo plenario inicial de fecha 5 de julio de 2012, se relacionan las modificaciones a las ordenanzas ya vigentes:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

Epígrafe 3.o Certificaciones, informes o consultas.

2. La tasa de los informes emitidos por servicios técnicos, jurídicos, policía y otros será de 50 euros.

Epígrafe 5.o Expediente de tramitación de autorizaciones y cambios de titularidad de licencias:

4. En el otorgamiento a petición de parte de licencia de reapertura de piscina comunitaria en temporada estival, la tasa será de 5 euros por vivienda.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS URBANÍSTICAS

La tasa de obras será el 0,30 por 100 del PEM.

Las presentes modificaciones entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2013.

En Ajalvir, a 26 de diciembre de 2012.—El alcalde, Antonio Martín Méndez.

(03/42.096/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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