Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311
Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121231-15
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE AJALVIR
RÉGIMEN ECONÓMICO
Aprobadas definitivamente las modificaciones de ordenanzas fiscales para el ejercicio 2013 por no haberse presentado reclamaciones al acuerdo plenario inicial de fecha 5 de julio de 2012, se relacionan las modificaciones a las ordenanzas ya vigentes:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS
Epígrafe 3.o Certificaciones, informes o consultas.
2. La tasa de los informes emitidos por servicios técnicos, jurídicos, policía y otros será de 50 euros.
Epígrafe 5.o Expediente de tramitación de autorizaciones y cambios de titularidad de licencias:
4. En el otorgamiento a petición de parte de licencia de reapertura de piscina comunitaria en temporada estival, la tasa será de 5 euros por vivienda.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS URBANÍSTICAS
La tasa de obras será el 0,30 por 100 del PEM.
Las presentes modificaciones entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2013.
En Ajalvir, a 26 de diciembre de 2012.—El alcalde, Antonio Martín Méndez.
(03/42.096/12)