Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
31-12-2012

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121231-28

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

28
Ordenanzas fiscales 2013

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión plenaria celebrada el día 27 de diciembre de 2012, adoptó el siguiente acuerdo:

1. Estimar las alegaciones presentadas a la modificación del artículo 5, punto 3, apartados d) y e) de la ordenanza número 15, de acuerdo con el informe del Servicio de Información de 18 de diciembre.

2. Inadmitir el resto de las alegaciones presentadas por los motivos indicados en la parte expositiva.

3. Aprobar definitivamente, la actualización y modificación de las siguientes ordenanzas fiscales en sus artículos correspondientes a cuotas y tarifas:

A) Ordenanza fiscal número 16, artículo 4, epígrafe b) apartado 3: la propuesta se materializa en el siguiente apartado:

— Vallado de obras:

En aceras y zonas de tránsito peatonal en general: el importe de la tasa se obtendrá de aplicar la siguiente fórmula:

T = V ´ CT ´ CS, siendo:

T = el importe de la tasa.

V = 1,50 euros.

CT = coeficiente por tiempo.

CS = coeficiente por situación se determina con base en las siguientes tablas:



• Casetas de obra, por cada metro cuadrado o fracción al mes: 1,46 euros.

• Instalación de grúas de obra, por cada metro cuadrado o fracción al mes: 1,46 euros.

• Solicitud de corte de calle, al día: 102,15 euros.

• Reserva de espacio y señalización. Estará constituida por la suma de la tasa fija más la tasa variable:

a) Tasa fija: 36,09 euros/día.

b) Tasa variable: por cada metro cuadrado o fracción: 0,31 euros/día, en zonas peatonales, y 0,82 euros/día en viales o plazas de aparcamiento. Cuando la ocupación afecte parcialmente a plazas de estacionamiento de vehículos se contabilizará la superficie total de la plaza que quede inutilizada.

La señalización será por cuenta del solicitante, previa aprobación de la Policía Municipal y del Servicio de Infraestructuras.

— En viales y zonas de tránsito de vehículos en general:

• Por cada metro cuadrado o fracción, al día: 0,80 euros.

Cuando la ocupación afecte parcialmente a plazas de estacionamiento de vehículos se contabilizará la superficie total de la plaza que quede inutilizada.

A los efectos del cómputo del período de ocupación, y si no existe comunicación previa por parte del solicitante, se aplicarán las siguientes fechas:

• Inicio: siete días después de la fecha de concesión del permiso o, en su defecto, de la fecha que figura en el registro de entrada de la solicitud.

• Final: siete días antes de la comunicación de terminación de la obra o de la solicitud de licencia de primera ocupación.

En los casos en que no exista solicitud u otra documentación que acredite el período de ocupación, este se determinará por otros métodos deductivos que se consideren adecuados por los Servicios Técnicos Municipales.

B) Ordenanza fiscal número 15, artículo 5, punto 3, apartado d), se modifica según el estudio de costes realizado por Secretaría quedando de la siguiente manera:

d) Bastanteo de poderes por Secretaria General o Servicios Jurídicos: 46,23 euros.

C) Ordenanza fiscal número 15, artículo 5, punto 3, apartado e.2, se modifica según el estudio de costes realizado por Secretaría, y que obra en el expediente, quedando de la siguiente manera:

e.2. Certificado de empadronamiento: 2 euros.

D) Ordenanza fiscal número 15, artículo 5, punto 3, apartado e), según la recomendación de Secretaría y su estudio de costes que obra en el expediente, se incluye un nuevo texto en este artículo y apartado que se denominara e.4 certificado de callejero, quedando de la siguiente manera:

e.4. Certificado de callejero: 3 euros.

4. Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la indicación que su entrada en vigor se producirá el 1 de enero de 2013.

5. Facultar al alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.

Contra el presente acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del presente anuncio.

Majadahonda, a 27 de diciembre de 2012.—El alcalde-presidente, Narciso de Foxá ­Alfaro.

(03/42.006/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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