Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2012

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121228-103

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

103
Modificación presupuestaria

Aprobado definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones, el expediente de modificación presupuestaria 04-1633/2012, modificación de plantilla de personal y estado de inversiones. Regulación equilibrio presupuestario como consecuencia de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2011, del vigente Presupuesto para el ejercicio 2012, compuesto por transferencias de crédito de diferentes áreas de gasto. Suplemento y baja de crédito, modificación del déficit inicial presupuestario y reestructuración de plantilla de personal. Expediente aprobado inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en sesión celebrada el 13 de marzo de 2012, y expuesto al público de forma inicial en anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 65, de 16 de marzo de 2012, página 210, se expone al público un resumen de las partidas afectadas por la modificación y programa de inversiones y su financiación modificado:









Contra la aprobación definitiva de este expediente, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la inserción del presente anuncio, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o Juzgados de lo Contencioso de Madrid, con los requisitos y formalidades contemplados en el citado texto articulado.

En Moralzarzal, a 20 de diciembre de 2012.—El alcalde-presidente, José María Moreno Martín.

(03/41.837/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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