Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309
Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121228-88
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de noviembre de 2012, fue aprobada inicialmente la modificación de la ordenanza municipal fiscal reguladora de los precios públicos por prestación de servicios y realización de actividades en la Casa de Cultura y en el Centro Municipal de Actividades “Cristo del Buen Consejo”.
Durante el plazo de exposición al público de la citada ordenanza en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 279, de 22 de noviembre de 2012, no ha sido presentada ninguna reclamación contra la misma. En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartado cuarto, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación del texto íntegro de la citada ordenanza fiscal mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL FISCAL REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN LA CASA DE CULTURA Y EN EL CENTRO MUNICIPAL DE ACTIVIDADES “CRISTO DEL BUEN CONSEJO”
Art. 3.2. Cuotas mensuales y cuadro de actividades para grupos:
* Los matriculados en las actividades de los grupos de “La Coral”, “Bailes Regionales” y la “Compañía Serrana” se comprometen a participar en las dos actuaciones anuales que organizarán los grupos de forma gratuita a solicitud del Ayuntamiento.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, y en el artículo 19, apartado 1.o del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación del texto íntegro de la citada ordenanza mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Becerril de la Sierra, a 26 de diciembre de 2012.—El alcalde, José Conesa López.
(03/41.755/12)

