Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
27-12-2012

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121227-113

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

113
Aprobación de modificación anexo 0, Condiciones establecimientos hoteleros

El Pleno de la Corporación Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2012, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar inicialmente la modificación del anexo 0, “Condiciones específicas para establecimientos hoteleros, hosteleros y de uso recreativo” de la ordenanza municipal reguladora de medio ambiente en el municipio de Majadahonda.

Segundo.—Someter dicha modificación a información pública para la presentación de reclamaciones y sugerencias que se estimen oportunas. De no presentarse ninguna reclamación o sugerencia, entender definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, sin necesidad de pronunciamiento expreso por el Pleno de la Corporación.

Se pone en general conocimiento que la modificación de la ordenanza inicialmente aprobada se encuentra expuesta al público en la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda (Servicio de Obras, Mantenimiento y Actividades) de este Ayuntamiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, durante el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante dicho plazo podrá examinarse el expediente en horario de oficina (de nueve a trece, de lunes a viernes) y presentar las reclamaciones y sugerencias que se estimen convenientes.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones o sugerencias durante el período de información pública, el acuerdo de aprobación inicial se entenderá definitivo.

Majadahonda, a 11 de diciembre de 2012.—El concejal-delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, Juan Carlos Pérez González.

(03/40.430/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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