Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
27-12-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121227-208

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

208
Ejecución 41 de 2012

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 41 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Aleksandar Dimitrov Penev y don Delyan Mitov Kaziski, frente a don Hristo Tsvetkov Hristov, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones de fecha 4 de junio de 2012 y de esta fecha:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar la ejecución solicitada por don Aleksandar Dimitrov Penev y don Delyan Mitov Kaziski, contra don Venelin Hristo Tsvetkov Hristov, por importe de 8.781,78 euros de principal más 526,91 euros de intereses y 878,18 euros de costas que se fijan provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso de reposición en el transcurso de tres días hábiles siguientes a su notificación que no tendrá efectos suspensivos.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Requerir a don Venelin Kristov Tsvetkov, a fin de que en el plazo de tres días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada don Venelin Hristov Tsvetkov, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes. Requerir de pago a don Venelin Hristov Tsvetkov por la cantidad reclamada en los hechos de esta resolución, y, si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas de ésta, librándose al efecto despacho al Juzgado Decano de la localidad correspondiente para que practique el requerimiento y embargo en el domicilio de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, número 4283/0000/00/0454/10, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de la cantidad de 8.781,78 euros reclamada en las actuaciones como principal, se declara la insolvencia provisional total de la herencia de los ejecutados don Hristo Tsvetkov Hristov y don Venelin Hristov Tsvetkov, herederos de la parte ejecutada hasta los límites legales a que hubiere lugar, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Desconociéndose el paradero del causahabiente don Venelin Hristov Tsvetkov, notifíquese la presente resolución por edictos, así como las de fecha de 4 de junio de 2012.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Hristo Hristov Tsvetkov, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.952/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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