Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
26-12-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121226-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 4

EDICTO

105
Juicio verbal 29 de 2012

En el procedimiento de juicio verbal número 29 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Getafe, a 26 de septiembre de 2012.—El ilustrísimo señor don Francisco Javier Achaerandio Guijarro, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Getafe, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal que se siguen en este Juzgado con el número 29 de 2012, a instancias de la entidad mercantil “Mutua Madrileña Automovilista”, con domicilio en paseo de la Castellana, número 33, representada por la procuradora de los tribunales doña Gloria Rubio Sanz y asistida de la letrada doña Ángela Fernández Rubí, con número de colegiada 44.954, contra don Jorge Armando Marchena Florián, en ignorado paradero, habiendo sido citado por edictos y declarado en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad por importe de 5.411,62 euros, y en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por “Mutua Madrileña Automovilista”, contra don Jorge Armando Marchena Florián, debo condenar y condeno a don Jorge Armando Marchena Florián a abonar a la demandante la cantidad de 5.411,62 euros, así como los intereses legales de dicha suma hasta su completo pago desde la fecha de la presentación de la demanda, y el abono de las costas generadas en el presente proceso.

Inclúyase la presente resolución en el libro de sentencias, dejando en las actuaciones testimonio, haciéndose saber a las partes al momento de la notificación que contra la presente resolución cabe recurso de apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, conforme dispone la Ley 1/2000, de 7 de enero, realizando la consignación necesaria para poder recurrir en el mismo plazo.

La notificación a la parte demandada se realizará en legal forma, por hallarse en paradero desconocido, mediante la publicación de un extracto de la misma por medio de edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, salvo que se solicite por la parte actora su notificación personal en el plazo de diez días.

Procédase al archivo de las actuaciones, una vez se desglosen los documentos originales presentados con entrega a la parte previo testimonio en autos.

Igualmente, hágase saber a las partes que deberán cumplir la presente resolución, una vez que sea firme, de forma extrajudicial, no admitiéndose ingresos en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado, y en caso de incumplimiento de cualquiera de ellas deberán solicitar su ejecución mediante la presentación de la correspondiente demanda ejecutiva del artículo 549.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, ya para liberarse de su obligación de pago, ya para compeler al obligado al abono de las cantidades a las que ha sido condenado.

Así por esta sentencia lo acuerda, manda y firma el magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de Getafe, de lo que doy fe.

Y para que le sirva de notificación a don Jorge Armando Marchena Florián se expide la presente en Getafe, a 19 de noviembre de 2012.—El secretario (firmado).

(02/9.592/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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