Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121224-70
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Amparo Sánchez Lidón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 223 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Miguel Sánchez Morillo y don Mario García Parrado, frente a “Instalaciones JYR, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de la ejecución a favor de la parte ejecutante don Mario García Parrado y don José Miguel Sánchez Morillo, frente a “Instalaciones JYR, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 5.434,64 euros en concepto de principal, más otros 2.937 euros y 2.497,64 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Modo de impugnación: contra el presente auto puede interponerse recurso de reposición en el plazo de tres días, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Así lo acuerda y firma su señoría ilustrísima.—Doy fe.
Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones JYR, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 19 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/38.653/12)

