Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121224-59
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Francisco Javier Mendoza Castellano, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de número 723 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco J. Gallego Sánchez, frente a don Alejandro Orbe Clavera, doña Alicia Huete Rodríguez, don Javier Calderón Cuenca, don Juan Carlos García Ríos, doña María del Rosario Sánchez Asenjo, doña María Nieves Vallejo Molpeceres, doña María Rosalía del Valls Fuentes, doña Silvia de la Puente Martínez y Ministerio de Defensa, sobre procedimiento ordinario se ha dictado sentencia de fecha 23 de julio de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Sentencia número 299 de 2012
En Madrid, a 23 de julio de 2012.—Doña María Henar Merino Senovilla, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos seguidos con el número 723 de 2011, sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Francisco J. Gallego Sánchez, que comparece asistido de letrado, y de otra, como demandados, doña Alicia Huete Rodríguez, doña María Nieves Vallejo Molpeceres, doña María del Rosario Sánchez Asenjo, doña Silvia de la Puente Martínez don Alejandro Orbe Clavera, don Juan Carlos García Ríos, doña María Rosalía del Valls Fuentes, don Javier Calderón Cuenca y Ministerio de Defensa, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
Fallo
Que desestimando la demanda interpuesta por don Francisco J. Gallego Sánchez, frente al Ministerio de Defensa, debo absolver y absuelvo al demandado de cuantas pretensiones de condena se han hecho valer por la parte actora frente a él en la demanda que inicia este procedimiento.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado en la sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado, con el número 2524/0000/00/0723/11, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Alejandro Orbe Clavera, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 20 de noviembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/38.668/12)

