Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
24-12-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121224-57

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

57
Demanda 380 de 2012

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 380 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Portillo Muñoz, contra la empresa “Suministros Gráficos, Sociedad Anónima”, sobre resolución de contrato de trabajo, se ha dictado auto de fecha 7 de noviembre de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Soledad Fernández del Mazo.—En Madrid, a 7 de noviembre de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo desestimar el recurso de reposición deducido por el letrado don Luis Miguel Hernández Giménez, en la representación que tiene conferida, contra el auto de fecha 25 de septiembre de 2012, confirmándolo en todos sus extremos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, sin perjuicio de su derecho de reproducir la cuestión al recurrir la sentencia.

Así por este auto lo acuerda manda y firma, doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta de este Juzgado.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Suministros Gráficos, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.669/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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