Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
22-12-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121222-113

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

113
Demanda 549 de 2005-L

Doña María del Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 549 de 2005-L de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Ureña Mate, contra “Digital Visión Disc., Sociedad Limitada”, don Eladio Chaves Martínez, “Cóndor CD, Sociedad Limitada”, “Alpha Compact Digital, Sociedad Limitada”, “Duplinter, Sociedad Anónima”, y “Disco Digital Visión, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes tres resoluciones de fecha 15 de noviembre de 2012:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Pilar Buelga Álvarez.—En Guadalajara, a 15 de noviembre de 2012.

Visto el anterior escrito con la documentación acompañatoria, y dado que es firme la resolución dictada por el Juzgado de lo penal de Guadalajara (sentencia número 199 de 2012, de fecha 16 de abril de 2012), se alza la suspensión, y pasen las actuaciones al magistrado-juez que presidió el acto de juicio celebrado en estos autos a fin de pronunciarse sobre la diligencia final interesada.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Providencia

Magistrado-juez de lo social, don José Eduardo Martínez Mediavilla.—En Guadalajara, a 15 de noviembre de 2012.

Se acuerda como diligencia final, al amparo del artículo 88.1 de la Ley de la Jurisdicción Social, unir a las actuaciones los escritos y documentación aportada por don David Ureña Mate, dándose traslado al resto de las partes para que dentro del plazo de cinco días manifiesten lo que consideren oportuno, y a su resultado se acordará.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de este Juzgado en la entidad “Banesto”, calle Mayor, número 12, de Guadalajara, cuenta de expediente número 2178/0000/00 (clave del procedimiento)/0000 (número de procedimiento)/00 (año), debiendo indicar en el campo “Concepto” “Recurso”, seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código “30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Pilar Buelga Álvarez.—En Guadalajara, a 15 de noviembre de 2012.

Visto el resultado negativo de las notificaciones intentadas en su día respecto de las demandadas “Alpha Compact Digital, Sociedad Limitada”, “Duplinter, Sociedad Anónima”, y “Disco Digital Visión, Sociedad Limitada”, acuerdo:

Librar notificaciones a las mismas de las resoluciones dictadas en fecha de hoy al domicilio que figura en autos.

Proceder a la averiguación del domicilio actual mediante el acceso informático de este Juzgado a la Tesorería General de la Seguridad Social y Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Y para el caso de ser negativo lo anterior, notifíquese a las mismas las resoluciones dictadas con fecha de hoy por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de este Juzgado, en el “Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Alpha Compact Digital, Sociedad Limitada”, “Duplinter, Sociedad Anónima”, y “Disco Digital Visión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el “Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara”, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Guadalajara, a 19 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.818/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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