Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
18-12-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121218-145

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

145
Demanda 302 de 2012

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria de lo social del número 13 de Madrid.

Hago saber: Que por diligencia de ordenación dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Jesús Ochoa Batanero, contra “AD Pinturas y Afines, Sociedad Limitada”, “Diamond Pinturas, Sociedad Anónima”, “Zear Grupo de Inversión Inmobiliaria, Sociedad Anónima”, y “Clement, Sociedad Anónima”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 302 de 2012, se ha acordado citar a “AD Pinturas y Afines, Sociedad Limitada”, y “Diamond Pinturas, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 22 de octubre de 2013, a las once horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 13, sito en la calle Princesa, número 3, tercera planta, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “AD Pinturas y Afines, Sociedad Limitada”, y “Diamond Pinturas, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 15 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.407/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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