Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
18-12-2012

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121218-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

67
Delegación de competencias

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 114 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se da publicidad a la siguiente delegación efectuada por el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada:

Decreto de Alcaldía-Presidencia registrado con el número 897/12, de fecha 19 de octubre de 2012:

En la villa de Fuenlabrada, a 19 de octubre de 2012, por don Manuel Robles Delgado, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se ha dictado la siguiente resolución:

Resultando que en virtud de decreto de la Alcaldía-Presidencia número 725/2011, de fecha 20 de junio, se nombró a don José Borrás Hernández como concejal-delegado de Participación Ciudadana, Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana.

Considerando lo señalado por el artículo 114 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, la revocación o modificación de las delegaciones efectuadas por el alcalde en un concejal habrá de adoptarse con las mismas formalidades exigidas para su otorgamiento.

Por todo ello, vengo en resolver:

Primero.—Cesar a don José Borrás Hernández como concejal-delegado de Participación Ciudadana, Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana, agradeciéndole los servicios prestados al municipio de Fuenlabrada.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Fuenlabrada, a 27 de noviembre de 2012.—El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado.

(03/39.376/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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