Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301
Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121218-13
Páginas: 1
I. COMUNIDAD DE MADRID
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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se ha intentado notificar en dos ocasiones requerimiento de documentación a don Javier Romero Díaz, con domicilio en la calle Faisanes, número 8, tercero C, 28300 Aranjuez (Madrid), y número de expediente 614/2012, a efectos de poder subsanar la solicitud presentada al amparo del citado Acuerdo de 24 de mayo de 2012.
Al no haberse conseguido practicar la citada notificación por causas no imputables a esta Administración, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del anterior texto legal, se procede a publicar, tanto en el boletín como en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido, el contenido de dicha notificación de requerimiento, cuyo texto íntegro se adjunta a continuación:
“Vista la solicitud de participación en la convocatoria de ayudas realizada por don Javier Romero Díaz, destinada a la compensación de tasas municipales, y a efectos de lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberá presentar los documentos que se indican a continuación:
— Declaración censal de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, modelos 036 o 037 de la AEAT (primer alta inicial no posibles modificaciones posteriores).
Dicha documentación deberá presentarse dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de este requerimiento, en el Registro de la Consejería de Economía y Hacienda, en la calle Príncipe de Vergara, número 132, primera planta, 28002 Madrid, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En caso de no presentar la totalidad de la documentación requerida dentro del plazo anteriormente indicado, se le tendrá por desistido de su petición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre”.
Madrid, a 28 de noviembre de 2012.—El Subdirector General de Economía, Carlos Casado Valera.
(03/40.252/12)