Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
18-12-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121218-255

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 5

EDICTO

255
Ejecución 264.1 de 2012

Doña Raquel Gallegos Medrano, secretaria del Juzgado de lo social número 5 de Granada.

Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue ejecución número 264.1 de 2012, dimanante de autos número 376 de 2011, en materia de ejecución de títulos judiciales, a instancias de don Juan Ignacio Bernárdez Lis, contra “Agrupación para la Calidad Total y Servicios, Sociedad Limitada”, habiéndose dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerda: Procédase a la ejecución de la sentencia número 284 de 2012, de 28 de mayo de 2012, contra “Agrupación para la Calidad Total y Servicios, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 15.084,83 euros en concepto de principal, 3.016,96 euros en concepto de intereses y costas presupuestadas provisionalmente, siguiéndose la vía de apremio sobre sus bienes derechos o acciones hasta hacer pago a la ejecutante de las citadas cantidades.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndolo a la demandada en el “Boletín Oficial de la Provincia de Granada” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, advirtiéndoseles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición junto con la oposición a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento séptimo de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña María Milagrosa Velástegui Galisteo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Granada.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a “Agrupación para la Calidad Total y Servicios, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

Dado en Granada, a 7 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.864/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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