Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
18-12-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121218-202

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

202
Procedimiento ordinario 613 de 2012

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 613 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Nicolae Cristian Spatacean, frente a Fondo de Garantía Salarial, “Framuro Group, Sociedad Limitada”, y “Llukita Inmuebles y Solares, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Acta

En Madrid, a 8 de noviembre de 2012.—Ante el secretario judicial de este Juzgado de lo social número 32 de Madrid, don David Atienza Marcos, comparecen: como demandante, don Nicolae Cristian Spatacean, con documento nacional de identidad número X-7919049-B, asistido por la letrada doña Beatriz María Vera Matilla, con número de colegiada 56.496, y como demandados, “Framuro Group, Sociedad Limitada”, “Llukita Inmuebles y Solares, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, no comparecen.

El secretario, a la vista de lo anterior, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y juicios señalados para el día 8 de noviembre de 2012, a las once y diez horas, por encontrarse enferma la magistrada-juez de lo social.

Asimismo, acuerda señalar nuevamente para dichos actos el día 21 de diciembre de 2012, a las once y treinta horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, dándose las partes que se encuentran presentes por citadas para el mismo.

Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, se da por terminada esta comparecencia, firmando este acta los que en la misma intervienen, de lo que yo, el secretario, doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Llukita Inmuebles y Solares, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de noviembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/37.885/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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