Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300
Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121217-21
Páginas: 2
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 7 de noviembre de 2012, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras del Sistema de Agua Regenerada del municipio de Navalcarnero y del Tratamiento Terciario de la Estación Depuradora de Aguas Residuales, en los términos municipales de Navalcarnero, Villaviciosa de Odón y Sevilla la Nueva, promovido por el Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima.
En virtud del contenido del informe técnico-jurídico de 9 de octubre de 2012, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General, de 15 de octubre de 2012, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el Acuerdo que a continuación se hace público mediante la presente Resolución, una vez cumplimentado, con fecha 3 de diciembre de 2012, el trámite de publicación en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el citado Acuerdo de la Comisión de Urbanismo:
«Primero
Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras del Sistema de Agua Regenerada del municipio de Navalcarnero y del Tratamiento Terciario de la Estación Depuradora de Aguas Residuales, en los términos municipales de Navalcarnero, Villaviciosa de Odón y Sevilla la Nueva, promovido por el Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima.
Segundo
Iniciar el trámite de información pública del Plan Especial por un período de un mes, mediante inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.
Tercero
Requerir informe, concediendo el mismo plazo de un mes para su emisión, a los siguientes Organismos afectados:
— Dirección General de Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
— Dirección General del Medio Ambiente (Área de Vías Pecuarias de la Subdirección General de Recursos Agrarios y Subdirección General de Conservación del Medio Natural). Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
— Dirección General de Vivienda y Rehabilitación. Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda.
— Dirección General de Ordenación e Inspección. Consejería de Sanidad.
— Dirección General de Patrimonio Histórico. Consejería de Empleo, Turismo y Cultura.
— Dirección General de Carreteras. Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda.
— Confederación Hidrográfica del Tajo. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
— Dirección General de Industria, Energía y Minas. Consejería de Economía y Hacienda.
— Dirección General de Carreteras. Demarcación del Estado en Madrid. Ministerio de Fomento.
Cuarto
Dar traslado del expediente a los Ayuntamientos de Navalcarnero, Sevilla la Nueva y Villaviciosa de Odón, para su conocimiento e informe, que deberán emitirse igualmente en el plazo máximo de un mes».
Lo que se hace público para general conocimiento significándose que, en cumplimiento de la normativa vigente, dicho expediente podrá ser consultado, por un período de un mes, en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, en horas hábiles, y en www.madrid.org, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de información pública.
Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones, mediante escrito dirigido al Presidente de la Comisión de Urbanismo de Madrid.
Madrid, a 3 de diciembre de 2012.—La Secretaria General Técnica, PDF (Resolución de 25 de octubre de 2012), el Subdirector General de Régimen Jurídico, Manuel Guisado Fuentes.
(01/4.035/12)

