Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
17-12-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121217-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 86

EDICTO

101
Procedimiento ordinario 738 de 2010

En el juicio de procedimiento ordinario número 738 de 2010, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 162 de 2012

En Madrid, a 2 de julio de 2012.—El ilustrísimo señor don Manuel Pérez Echenique, magistrado-juez de primera instancia número 86 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de procedimiento ordinario número 738 de 2010, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”, representada por el procurador don Francisco José Abajo Abril y asistida de la letrada doña Silvia Trapote Girón, y de otra, como demandada, “Construcciones Conformax, Sociedad Limitada” y don Antonio Peñalver Achaques, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por el procurador don Francisco José Abajo Abril, en nombre y representación de la “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid” (hoy “Bankia, Sociedad Anónima”), contra “Construcciones Conformax, Sociedad Limitada” y don Antonio Peñalver Achaques, en situación de rebeldía, debo condenar y condeno a los demandados a que satisfagan en forma solidaria a la actora la cantidad de 43.556,87 euros, más los intereses pactados, y al pago de las costas causadas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir del día siguiente al de su notificación.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con o dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Construcciones Conformax, Sociedad Limitada” el encabezamiento y fallo de la sentencia recaída en los autos anteriormente referenciados.

En Madrid, a 2 de julio de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(02/9.347/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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