Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
17-12-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121217-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7

EDICTO

92
Procedimiento verbal 396 de 2012

Don Fernando Javier Navalón Romero, secretario del Juzgado de primera instancia número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 396 de 2012 se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 159

Juez que la dicta: don Lorenzo Valero Baquedano.

Lugar: Madrid.

Fecha: 20 de septiembre de 2012.

Parte demandantes: doña Luisa Fernández Orellana, doña Concepción Castillo Fernández, doña Paloma Castillo Fernández y doña María Ángeles Castillo Fernández.

Procuradora: doña Raquel Gómez Sánchez.

Parte demandada: don Christian Castillo Fernández.

Procurador: sin profesional asignado.

Fallo

Que estimando la demanda de juicio verbal interpuesta por la procuradora, doña Raquel Gómez Sánchez, en nombre y representación de doña Luisa Fernández Orellana, doña Concepción Castillo Fernández, doña Paloma Castillo Fernández y doña María Ángeles Castillo Fernández, debo declarar y declaro que el demandado don Christian Castillo Fernández ocupa la vivienda sita en la calle Puerto de la Bonaigua, número 52, segundo C, de Madrid, en situación de precario y, en consecuencia, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio por precario instado, condenando al expresado demandado a que dentro del plazo legal desaloje y deje a la libre disposición de la parte actora la indicada vivienda, con apercibimiento de lanzamiento en otro caso.

Se imponen al demandado las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes en legal forma.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

El recurso será interpuesto por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero del demandado rebelde, don Christian Castillo Fernández, para que sirva de notificación en legal forma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se extiende el presente.

Madrid, a 16 de noviembre de 2012.—El secretario (firmado).

(02/9.424/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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