Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
17-12-2012

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121217-91

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Duodécima

EDICTO

91
Recurso de apelación 763 de 2011

Doña Carmen Pérez Rodríguez, secretaria de la Administración de Justicia con destino en la Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Doy fe.—Que en el rollo de apelación número 763 de 2011 de esta Sección, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Visto en grado de apelación ante esta Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid los autos de procedimiento ordinario número 618 de 2008, procedentes del Juzgado de primera instancia número 9 de Madrid, a los que ha correspondido el rollo número 763 de 2011, en los que aparece, como parte apelante, don Juan Jesús Mijarra Calderón y doña Juana María Benítez Pecos, representados por la procuradora doña María Jesús Ruiz Esteban, y, como apelados, “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid” y “Miles de Viajes, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Lucila Torres Rius, sin profesional asignado, sobre nulidad de contrato, y siendo magistrada ponente la ilustrísima señora doña María José Alfaro Hoys.

Fallamos

Que, estimando el recurso de apelación interpuesto por la procuradora doña María Jesús Ruiz Esteban en nombre y representación de don Juan Jesús Mijarra Calderón y doña Juana María Benítez Pecos, contra la sentencia dictada en fecha 2 de septiembre de 2010 por el Juzgado de primera instancia número 9 de Madrid, en los autos de juicio ordinario 618 de 2008, debemos revocar y revocamos la referida resolución en el siguiente sentido:

— Se declara la nulidad de los contratos de compra para “Club Atlas The Vacation Owners Club” y contrato de colaborador “Club Atlas Miles de Viajes, Sociedad Limitada”, de fecha 10 de septiembre de 2006, suscritos entre don Juan Jesús Mijarra Calderón y doña Juana María Benítez Pecos con la mercantil “Miles de Viajes, Sociedad Limitada”, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración.

— Se declara la nulidad del contrato de préstamo número 9.917.533/14, por importe de 19.520 euros, de fecha 18 de septiembre de 2006, suscrito entre don Juan Jesús Mijarra Calderón y doña Juana María Benítez Pecos de una parte y “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid” de otra, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración.

— Se condena a las empresas demandadas a estar y pasar por tales declaraciones.

— Se condena solidariamente a las empresas demandadas a estar y pasar por tales declaraciones.

— Se condena solidariamente a las empresas demandadas a reintegrar a don Juan Jesús Mijarra Calderón y doña Juana María Benítez Pecos todas y cada una de las cantidades por estos satisfechas en virtud de los documentos declarados nulos, así como las que sigan abonando durante la tramitación del procedimiento hasta el momento de ejecución de la sentencia como consecuencia de la operación de préstamo suscrita con “Caja Madrid”, más el interés legal correspondiente.

— Se imponen las costas causadas en primera instancia a las entidades “Miles de Viajes, Sociedad Limitada”, y “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”. No se hace expresa imposición de las costas causadas en la presente alzada a ninguna de las partes litigantes.

Contra esta sentencia cabe interponer, en las condiciones expuestas en el último fundamento de derecho de la presente resolución, recurso de casación y, en su caso, de infracción procesal, conforme a lo dispuesto en el artículo 477.2.3.o de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el cual habrá de ser interpuesto por escrito a presentar en el plazo de veinte días ante este mismo tribunal, que habrá de cumplir las exigencias previstas en el artículo 481 de dicho texto legal».

Lo testimoniado concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para que conste y sirva de notificación a “Miles de Viajes, Sociedad Limitada”, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en Madrid, a 19 de noviembre de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/9.343/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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