Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
15-12-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121215-125

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 8

EDICTO

125
Ejecución de titulos judiciales 181 de 2011

Doña María del Carmen Peche Rubio, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 181 de 2011 a instancias de la parte actora doña Sarah Witt García, contra Orson the Kid Asociación Cultural, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado resoluciones del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: Se ordena y despacha ejecución en cantidad suficiente a cubrir la suma de 5.547,96 euros de principal, más otros 332,87 euros en concepto de intereses y otros 554,79 euros en concepto de costas, sin perjuicio de su ulterior liquidación, a favor de doña Sarah Witt García, contra Orson the Kid Asociación Cultural.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Carmen Durán de Porras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 8 de Sevilla.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Proceder al embargo de los bienes de “Servicios Béticos de Carburantes, Sociedad Limitada”, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 77.073 euros de principal, más otros 4.624,38 euros en concepto de intereses y otros 7.707,30 euros en concepto de costas, sin perjuicio de ulterior liquidación, debiéndose guardar en la diligencia el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose a la ejecutada, administrador, representante, encargado o tercero en cuyo poder se encuentren los bienes de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que les incumbirán hasta que se nombre depositario. Para la efectividad de lo acordado, líbrese mandamiento a través del exhorto a Madrid, sirviendo testimonio del presente decreto de testimonio en forma a la comisión judicial encargada de llevarla a efecto.

Líbrense oficios al Servicio de Índices de Madrid, vía fax, y al Decanato de los Juzgados de esta capital a fin de que informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada, accédase a la base de datos de la Agencia Tributaria a través de la terminal de este Juzgado a fin de que informe sobre las cuentas corrientes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada Orson the Kid Asociación Cultural, con cédula de identificación fiscal número G-83012716.

Hágase saber a las partes que de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares, siempre que estos últimos esté siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, la comunicación inmediatamente a la misma.

Notifíquese esta resolución a la ejecutada junto con el auto de orden general de ejecución, con entrega de escrito solicitando ejecución, sin citación ni emplazamiento, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de revisión directo por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado número 4027/0000/00, abierta en “Banesto”, utilizando para ello el modelo oficial y, concretando, además el número y año del procedimiento, indicando en el campo “Concepto” que se trata de un “Recurso”, seguido del código “31” y “Social-Revisión-Secretario”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de “Banesto”, número 0030/1846/42/0005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo social número 8 de Sevilla, y en ”Observaciones” se consignarán los dieciséis dígitos de la cuenta número 4027/0000/00/más el número y el año del procedimiento, indicando después de estos dieciséis dígitos, separados por un espacio, el código “31” y “Social-Revisión-Secretario”.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada Orson the Kid Asociación Cultural, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.

En Sevilla, a 7 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.622/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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