Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
15-12-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121215-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

78
Demanda 1.086 de 2008

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.086 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Lorenzo García Díaz, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Construcciones de Obras Municipales, Sociedad Anónima”, “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, y el Ministerio de Economía y Hacienda, sobre Seguridad Social, se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 4 de julio de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Providencia

Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña Begoña García Álvarez.—En Madrid, a 4 de julio de 2012.

Dada cuenta de la petición de nulidad de actuaciones formulada por la Abogacía del Estado, no ha lugar a lo solicitado, toda vez que el único supuesto a que puede referirse tal solicitud, apartado tercero del artículo 225 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, subsidiariamente aplicable en esta jurisdicción, requiere un efecto de indefensión en la parte instante de la nulidad que no ha quedado determinado; menos aún cuando en fecha 25 de febrero de 2011 se le notificó la providencia de fecha 26 de abril de 2010 teniendo por formulado el recurso de suplicación, momento a partir del cual tuvo conocimiento de la existencia de la sentencia de primera instancia, habiendo podido solicitar la oportuna notificación e intervención en los trámites que hubiesen sido de su interés.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, será necesario para la interposición del recurso de reposición acreditar la consignación de un depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta corriente 2526 en “Banesto”, en la calle Princesa, número 2, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de expediente. Dicho depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. También están exentos el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Notifíquese esta resolución.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones de Obras Municipales, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de noviembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/37.627/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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