Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
14-12-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121214-155

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

155
Demanda 202 de 2012

Don Enrique Roldán López, secretario de lo social del número 21 de Madrid.

Hago saber: Que por diligencia de ordenación dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Francisco Javier Vacas Honrubio, contra “Técnica y Control Ambiental, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por ordinario, registrado con el número 202 de 2012, se ha acordado notificar a “Técnica y Control Ambiental, Sociedad Anónima”, la sentencia número 397 de 2012 siguiente:

Sentencia número 397 de 2012

En Madrid, a 31 de octubre de 2012.—La ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, ha dictado en nombre del Rey, lo siguiente:

En los autos de juicio verbal en reclamación de cantidad seguidos entre las partes: de la una, y como demandante, don Francisco Javier Vacas Honrubio, con documento nacional de identidad número 52875716-G, defendido por el letrado don Francisco Ferdejo Fernández, y de la otra, y como demandados, “Técnica y Control Ambiental, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial.

Vistos los preceptos legales de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Francisco Javier Vacas Honrubio, frente a “Técnica y Control Ambiental, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al demandante la cantidad de 4.276 euros brutos por los conceptos y con el desglose que figura en el relato fáctico, más 352,56 euros de interés por mora. Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por este pronunciamiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se advierte que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma, por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante, al hacerle la notificación de la sentencia, de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo.

Al anunciar el recurso, todo aquel que sin tener condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social pretenda formular recurso deberá acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta abierta a nombre de este Juzgado de lo social en el “Banco Español de Crédito” con el número 2519, clave 65, sucursal 1033, haciendo constar en el ingreso el número de expediente, pudiéndose sustituir la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que consta la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, el que no goce del beneficio de justicia gratuita y pretenda formular recurso deberá efectuar un depósito de 300 euros en esa misma cuenta bancaria.

Por último, se advierte a las partes que deberán hacer constar en los escritos de interposición del recurso y de impugnación un domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a efectos de notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día 5 de noviembre de 2012 por la ilustrísima magistrada-juez doña Elena Bornaechea Morlans, que la suscribe, en la Sala de audiencia de este Juzgado.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Técnica y Control Ambiental, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 5 de noviembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/37.399/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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