Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
13-12-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121213-156

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

156
Ejecución 176 de 2012

Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 176 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José de Paz Marín y don Alfredo López Fiel, contra la empresa “Solatén, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado en fecha 18 de septiembre de 2012 auto y decreto, cuyas partes dispositivas como siguen:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don José de Paz Marín y don Alfredo López Fiel, frente a “Solatén, Sociedad Limitada”, por importe de 11.809,78 euros de principal, más 1.180,97 euros de intereses y costas, cantidad estas última que se fija de forma provisional, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de tres días, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos o requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

1.o Acumular las ejecuciones números 176 de 2012 y 178 de 2012, seguidas ambas contra “Solatén, Sociedad Limitada”, ascendiendo el total de cantidades reclamadas a la cuantía de 18.022,19 euros de principal, más 1.802,21 euros de intereses y costas. Llévese testimonio de la presente resolución a la ejecución número 178 de 2012.

2.o Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Solatén, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.323/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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