Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
13-12-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121213-115

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

115
Ejecución 123 de 2012

Doña Raquel Paz García de Mateos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 123 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Alonso Estebaranz, contra las empresas “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, y “La Retoucherie de Manuela Franquicias, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Pilar Varas García.—En Madrid, a 5 de noviembre de 2012.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución del auto de extinción de la relación laboral de fecha 27 de septiembre de 2012 a favor de la parte ejecutante don Miguel Ángel Alonso Estebaranz, por la cantidad de 199.164,91 euros de principal, más la cantidad de 39.832,98 euros fijada provisionalmente en concepto de intereses y costas, frente a “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, y “La Retoucherie de Manuela Franquicias, Sociedad Limitada”.

Decreto

Secretaria judicial, doña Raquel Paz García de Mateos.—En Madrid, a 5 de noviembre de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Decreto

Secretaria judicial, doña Raquel Paz García de Mateos.—En Madrid, a 5 de noviembre de 2012.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Proceder a la averiguación a través del Punto Neutro Judicial de bienes de las demandadas, y verificado, se acuerda el embargo de los bienes de “La Retoucherie de Manuela Franquicias, Sociedad Limitada”, en cuantía suficiente para cubrir el importe de 199.164,91 euros de principal, más la cantidad de 39.832,98 euros fijados provisionalmente en concepto de intereses y costas.

Para la efectividad del embargo, ofíciese oportunamente a las entidades bancarias y a la Agencia Estatal Tributaria a fin de que procedan a la retención de posibles cantidades disponibles.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o de decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, y “La Retoucherie de Manuela Franquicias, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.301/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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