Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
11-12-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121211-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

173
Demanda 32 de 2012

Doña María Teresa Estrada Barranco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 32 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa María Damas Matheo, contra las empresas “Fracman Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, y “Preinco, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 7 de septiembre de 2012.

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclarar el fallo de la misma que queda como a continuación se dice.

«Estimando la demanda de despido a instancias de doña Rosa María Damas Matheo, frente a “Fracman Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, y “Preinco, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora producido el 18 de noviembre de 2011. Condenando solidariamente a las empresas demandadas a optar entre readmitir a la actora en su puesto de trabajo o bien indemnizarle con la cantidad de 18.211,72 euros; en ambos casos, deberán abonarle los salarios de tramitación desde el despido hasta la notificación de la presente resolución. Advirtiendo a las empresas que la opción deberá realizarse en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación de la sentencia, sin esperar a su firmeza, por escrito o por comparecencia ante el Juzgado. Y que de no optar en tiempo y forma se entenderá que procede la readmisión.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.

Así por este auto lo manda y firma su señoría ilustrísima.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Fracman Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente en Madrid, a 7 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.483/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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