Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121211-153
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN
Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 241 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Antonia Sanda Sánchez, frente a “Limpiezas Aldebarán, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 21 de noviembre de 2012.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 18 de junio de 2012, a las empresa “Limpiezas Aldebarán, Sociedad Limitada”, en favor de la demandante doña María Antonia Sanda Sánchez, y previo a su resolución se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrarán en este Juzgado de lo social, sito en calle Princesa, número 3, el día 18 de diciembre de 2012, a las nueve y veinticinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esta cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación y citación en legal forma a “Limpiezas Aldebarán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 21 de noviembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/38.933/12)